miércoles, 8 de febrero de 2012

Acción Nacional a favor de suprimir de la ley el término inválido o minusválido por ser despectivo: Gallegos Camarena


Intervención durante la discusión del dictamen de la Comisión de Salud, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de discapacidad

Sesión ordinaria, Cámara de Diputados
7 de febrero de 2012

Con su venia señor Presidente.

Compañeras y compañeros diputados:

A lo largo de la historia humana las personas con discapacidad han sido marginadas, discriminadas y estigmatizadas por ser consideradas como diferentes a la mayoría de las personas. Asimismo el trato que tradicionalmente se les ha brindado implica el rechazo, lástima, caridad o asistencialismo, sin embargo, luego de la segunda mitad del siglo XX las luchas individuales y colectivas de las personas con discapacidad impulsaron un cambio de paradigma, enfocado desde el punto de vista social y de derechos humanos, donde las condiciones de accesibilidad del entorno se convierten en una barrera que limita a las personas con discapacidad.

Este nuevo enfoque de la discapacidad nos obliga a la eliminación de toda aquella terminología que refuerce la discriminación, el trato lastimero y despectivo, así como los prejuicios negativos que socialmente se construyen en torno de quienes presentan alguna discapacidad y que se convierten en barreras actitudinales que limitan el cumplimiento de sus derechos.

La utilización de término como invalido, el cuál hace referencia a algo que no tiene valor o minusválido, que se refiere al algo de menos valor y que históricamente han sido utilizados para referirse a las personas con discapacidad, hacen que quien posea alguna condición de discapacidad sea visto como una persona sin ningún valor o menos valor que las demás personas.

Con la aprobación de este dictamen estaremos eliminando de la Ley General de Salud este tipo de terminología, pues este ordenamiento legal todavía se refiere a la discapacidad como invalidez y a las personas con discapacidad como inválidos; conceptos utilizados en los siglos XVIII y XIX y que en la actualidad son considerados como discriminatorios. Asimismo estaremos armonizando la definición de discapacidad contenida en el artículo 173 de la Ley General de Salud con los instrumentos internacionales en la materia, toda vez que el concepto establecido en la ley vigente no corresponde en lo que en la actualidad se conoce como discapacidad.

Compañeras y compañeros legisladores:

Los invito a emitir su voto favorable al presente dictamen que no tiene otro objeto que constituir una acción afirmativa que promueva una imagen positiva y real de todas las personas con discapacidad, dejando de lado términos discriminatorios o concepciones erróneas a las mismas, así como armonizar la legislación nacional con los instrumentos internacionales de derechos humanos de las personas con discapacidad.

Los legisladores del Grupo Parlamentario de Acción Nacional votaremos a favor de esta iniciativa, siendo congruentes con uno de los principios de nuestro partido: el de la defensa de la dignidad de toda persona humana.

Es cuanto señor Presidente.

Muchas gracias.


Dictamen completo para consulta.



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