Amigos:
Quiero informarles que en la sesión del
pasado 13 de marzo, aprobamos con 315 votos a favor el dictamen que reforma los
artículos 47 y 200 bis de la Ley General de Salud, a fin de que los
establecimientos avisen a la autoridad sanitaria 30 días antes del inicio de
operaciones, para que se verifique que los productos no representan ningún
riesgo a la salud.
El dictamen enviado al Senado de la República
señala que las empresas que representen un riesgo para la salud por la venta de
alimentos, bebidas, medicamentos, suplementos alimenticios, productos
cosméticos, así como de otras sustancias; deberán entregar un aviso previo al
inicio de operaciones, para verificar que no existan riesgos para la salud.
En el aviso de funcionamiento se deberá
incluir como datos, la descripción de los productos, incluyendo el nombre de
todos los ingredientes que los componen, modo de empleo, muestra de la etiqueta
original, información con la que se comercialice y en su caso monografía y
fórmula cuantitativa para aquellas sustancias no comunes. Para el caso de productos
que contengan plantas se incluirá además el nombre científico de las mismas.
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