Quiero comentarles que en la sesión del 3 de diciembre de 2009, se presentó una iniciativa la cual suscribimos. Dicha iniciativa pretende establecer que cuando se presente denuncia o querella por particulares o requerimiento del Ministerio Público a los servidores públicos del Distrito Federal señalados en el artículo 111 de la Constitución Federal, no se actuará de acuerdo con el procedimiento para la declaración de procedencia, sin embargo, no podrán ser privados de su libertad hasta en tanto exista sentencia firme de la autoridad judicial que así lo imponga.
Asimismo, establecer que los servidores públicos del Distrito Federal podrán ser detenidos por la autoridad competente y sujetos al procedimiento penal que determine la ley cuando:
a) Tratándose de la comisión de delitos graves así calificados por la ley penal federal, sea detenido en flagrancia, o bien, exista una orden de aprehensión dictada por juez competente.

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