jueves, 30 de diciembre de 2010

Queda prohibida la venta de bebidas energéticas adicionadas con cafeína a menores de edad y embarazadas

Amigos y amigas:

Quiero comentarles que en la última sesión de la Cámara de Diputados aprobamos por 260 votos a favor, cero en contra y una abstención, un dictamen por el que se incluye en la Ley General de Salud el concepto de “bebidas energéticas adicionadas con cafeína”.

Definiéndolas como las bebidas no alcohólicas que son elaboradas para consumo humano, por la disolución en agua de ingredientes opcionales con un contenido mayor de 20 miligramos y hasta 33 miligramos de cafeína por 100 mililitros de producto.

El dictamen de la Comisión de Salud que reforma diversos artículos de dicha Ley, prohíbe la venta o suministro de las bebidas referidas a menores de edad, mujeres embarazadas, personas hipersensibles a la cafeína y con padecimientos cardiovasculares.

Las bebidas no podrán ser adicionadas con vitaminas ni minerales. En ningún caso y de ninguna forma se podrán expender o suministrar mezclas que contengan bebidas alcohólicas y energéticas adicionadas con cafeína al mismo tiempo.

Precisa que en la etiqueta se deberá señalar que no se podrá consumir más de 500 mililitros al día y especificar: “Este producto contiene cafeína. El consumo elevado puede provocar intoxicación, insomnio, alteraciones cardiovasculares y neurológicas”.

Se puntualiza que a pesar de la difusión y alerta a la población sobre los diversos daños a la salud que provoca el consumo de estas bebidas, últimamente ha crecido la demanda entre personas de todas las edades, siendo más populares principalmente entre niños de 11 a 16 años y jóvenes de 20 a 25 años.

Menciona que quienes consumen estas bebida por diversas justificaciones, ya sean físicas, escolares o laborales, no toman en cuenta el riesgo, ya que presentan síntomas de desorientación, excitación, taquicardia e, incluso, intoxicación por la ingesta excesiva del producto.

Dicha bebidas, agrega el dictamen, desde hace más de una década han salido al mercado mundial, ofreciendo al consumidor supuestas virtudes mitigadoras de la fatiga y el agotamiento, además de aumentar la habilidad mental y desintoxicar el cuerpo.

La Comisión de Salud refiere que diversos estudios demuestran que esas supuestas virtudes son falsas, debido a que estas bebidas no incrementan el desempeño físico, escolar o laboral, ni eliminan la necesidad de dormir y sólo reducen la sensación de cansancio.

Aprobamos adecuaciones a la Ley General de Salud

Amigos y amigas:

Aprincipios de diciembre aprobamos con 267 votos el dictamen que reforma los artículos 3 y 13 de la Ley General de Salud, a fin de eliminar la duplicación del texto vigente relacionada con las fracciones V y VI, ya que actualmente ambas están asignadas tanto a la federación como a las entidades federativas.

La reforma permitirá corregir un error técnico y regresar a su ubicación original las materias de salubridad general, a fin de evitar que las atribuciones que ejercen la Secretaría de Salud y las entidades federativas se afecten.

De tal manera que dará congruencia a la Ley General de Salud, a fin de que se interpreten de manera correcta y armónica sus disposiciones, restableciendo las atribuciones de la Secretaría de Salud para su legal desempeño.

martes, 28 de diciembre de 2010

Reformamos el Código Penal para blindar procesos electorales de dinero ilícito

Amigos y amigas:

En la última sesión ordinaria del Periodo Ordinario aprobamos con 283 votos a favor, 0 en contra y 2 abstenciones, el dictamen que sanciona con multa de cien a doscientos días y prisión de uno a seis años, al funcionario partidista o al candidato que obtenga o utilice, a sabiendas y en su calidad de precandidato por si o por interpósita persona, fondos, bienes o servicios provenientes de actividades ilícitas.

Las reformas a los artículos 406, 407 y 412 del Código Penal Federal, también sancionan con multa de doscientos a cuatrocientos días y prisión de uno a nueve años, al servidor público que haga uso de su autoridad para obligar a sus subordinados a emitir su voto a favor de algún precandidato.

Se le impondrá prisión de dos a nueve años al funcionario partidista o a los organizadores de actos de campaña o precampaña que, a sabiendas, aprovechen ilícitamente fondos, bienes o servicios.

El dictamen de la Comisión de Justicia destaca que al cometer este delito, no habrá el beneficio de la libertad provisional.

Menciona que la obtención de recursos de procedencia ilícita, con objeto de utilizarlos durante una campaña o precampaña electoral, daña desde ese momento los bienes jurídicos tutelados por los delitos electorales.

“Desde el momento en que se obtienen los recursos de procedencia ilícita, se altera la equidad que debe privar en los procesos electorales, al tiempo que sugiere que su obtención se traducirá en compromisos por el candidato o precandidato que tengan por objeto fines distintos de los de la democracia”, se precisa.

El documento advierte la necesidad de actualizar las disposiciones que tipifican los delitos en materia electoral, a fin de hacerlas concordar con la norma constitucional y leyes secundarias que rigen la materia.

Refiere que el pasado proceso electoral federal de 2009, se vio marcado por el constante riesgo de que se contaminara con la utilización de recursos de procedencia ilícita.

“No solamente durante las campañas electorales, sino desde los procesos internos de selección de candidatos, por lo que se coincide en la necesidad de tomar medidas que inhiban y sancionen dichas conductas”.

Aprobamos en el Pleno, el desafuero de Julio César Godoy Toscano

Amigos y amigas:

Erigida en Jurado de Procedencia, en la penúltima sesión ordinaria en la Cámara de Diputados aprobamos con 384 votos en pro, dos en contra y 21 abstenciones, el dictamen de la Sección Instructora por el que se declara ha lugar a proceder penalmente, a la petición de declaración de procedencia formulada por la Procuraduría General de la República, en contra del servidor público Julio César Godoy Toscano.

El presidente de la Mesa Directiva, diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, al dar lectura al resolutivo, dijo que con fundamento por el tercer párrafo del artículo 111 de la Constitución Política, el ciudadano Julio César Godoy Toscano queda a disposición de las autoridades competentes para que actúen con apego a la ley. Por lo que en consecuencia, queda separado de su cargo como diputado federal.

Luego de la votación y de escuchar los argumentos en pro y contra, Ramírez Marín expresó que la Cámara de Diputados resuelve con fundamento en lo dispuesto por el artículo 111 de la Constitución Política se declara que ha lugar a proceder penalmente en contra del servidor público Julio César Godoy Toscano.

Lo anterior, dijo, por lo que respecta a la petición de declaración de procedencia formulada por la PGR, con fecha 1 de octubre de 2010, contenida en el oficio PGR/SIEDO UDICCS/SGB/10533/2010, para el efecto de que pueda ser puesto a disposición del juez noveno de distrito en materia penal en el estado de Jalisco, en autos de la causa penal 391/2010.

Se pidió notificar la resolución a la Procuraduría General de la República, así como al ciudadano Julio César Godoy Toscano y a su defensa.

lunes, 27 de diciembre de 2010

Se creará el Consejo Nacional para el Desarrollo de la Inclusión de las personas con Discapacidad


Amigos y amigas:

Quiero comentarles que en la últma sesión del Periodo Ordinario aprobamos por unanimidad, con 294 votos, el dictamen por el que se crea la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, que establece las condiciones en las que el Estado deberá promover, proteger y asegurar el pleno ejercicio de sus derechos humanos y libertades fundamentales, asegurando su plena inclusión a la sociedad en un marco de respeto, igualdad y equiparación de oportunidades.

El dictamen precisa que, de manera enunciativa y no limitativa, esta Ley reconoce a las personas con discapacidad sus derechos humanos y mandata el establecimiento de las políticas públicas necesarias para su ejercicio.

La ley establece que gozarán de todos los derechos que establece el orden jurídico, sin distinción de origen étnico, nación, género, edad, condición social, económica, de salud, religión, opiniones, estado civil, preferencias sexuales, embarazo, identidad política, lengua, situación migratoria o cualquier otra característica propia de la condición humana o que atente contra su dignidad.

Al fundamentar el dictamen, la diputada Yolanda de la Torre Valdez (PRI), presidenta de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, señaló que la ley señala los derechos de las personas con discapacidad, así como las dependencias y entidades de la administración pública encargadas de tutelarnos.

Establece las facultades del ejecutivo Federal en la materia, entre éstas, la política pública para las personas con discapacidad para cumplir con las obligaciones derivadas de los tratados internacionales en la materia ratificados por nuestro país.

Explicó que se crea un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, denominado Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, como respuesta a un legítimo reclamo social.

“Esta nueva ley viene a brindar mejores herramientas para impulsar el desarrollo y el avance de 10 millones de personas en este país”, puntualizó.

Aprobamos la Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo

Amigos y amigas:

En la última sesión del Periodo Ordinario de Sesiones en la Cámara de Diputados, aprobamos, con 253 votos en pro y 37 en contra, el dictamen a la minuta con proyecto de decreto que expide la Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo, misma que fue aprobada por el Senado de la República, una vez que le dio cumplimiento al expediente con las observaciones del titular del Poder Ejecutivo Federal.
Se destacó en tribuna que el documento sometido a consideración del Pleno contiene las observaciones del Ejecutivo, mismas que fueron solventadas por el Senado de la República.
Se abundó que la decisión de la mayoría de la Comisión de Relaciones Exteriores fue secundar esta posición de los colegas de la Cámara alta, en la certeza de que esta ley impulsa el prestigio de la política exterior mexicana y favorece los rubros en que México puede ser beneficiado de la cooperación internacional.
Se dijo que este instrumento jurídico norma las modalidades de cooperación del Estado mexicano con organizaciones, países y grupos, además de sistematizar la cooperación internacional que el país pueda recibir.
Se añadió que aun cuando México ha intensificado y diversificado sus relaciones con otras naciones y pertenece a múltiples organismos internacionales, no existe un órgano específicamente destinado a la coordinación de la política mexicana de cooperación internacional, con todas las posibilidades y beneficios que ello significa.

viernes, 24 de diciembre de 2010

La CNDH podrá investigar casos graves de violación a los derechos humanos

Amigos y amigas:

En el Pleno de la Cámara de Diputados aprobamos, el 15 de diciembre, con 361 votos, el dictamen que elimina la facultad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para investigar casos graves de violación a los derechos humanos, y se la otorga a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

Al fundamentar el dictamen con proyecto de decreto que modifica la denominación del Capítulo I del Título Primero y reforma diversos artículos de la Constitución Política, el diputado Jesús Alfonso Navarrete Prida (PRI) subrayó que la reforma otorga un amplio y vigoroso sistema de protección a los derechos humanos del país.

Asimismo, acrecienta la competencia de la CNDH para conocer también de violaciones a los derechos laborales como parte de los derechos humanos. Amplía sus facultades para interponer controversia constitucional contra tratados internacionales que limiten derechos humanos.

Establece que la elección del titular de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y los integrantes del Consejo Consultivo, se realizará a través de un procedimiento de consulta pública.

Precisa que ninguna autoridad puede negar la información a la CNDH y el desarrollo y desahogo del procedimiento le corresponde al Consejo Consultivo.

Constituye los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresidad de los derechos humanos, y se determina que el Estado debe prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a éstos.

Fortalece la protección no jurisdiccional al establecer que las autoridades tienen obligaciones de dar respuesta a las recomendaciones de la CNDH, por lo que también refiere que el Senado puede hacer comparecer a quienes no hayan aceptado alguna recomendación o no la cumplan, para que expliquen públicamente sus razones.

Determina que la educación deberá fomentar el respeto a los derechos humanos; consagra el reconocimiento al derecho de asilo y refugio; prohíbe la suscripción de tratados que menoscaben los derechos humanos; obliga al sistema penitenciario a organizarse sobre la base de respeto a los mismos.

Impide la pena de muerte, la esclavitud, la servidumbre y la desaparición forzada y la tortura; introduce disposiciones al definir a los derechos que no pueden suspenderse ni restringirse aún en una situación de excepción, como son la no discriminación, el reconocimiento a la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad personal, a la protección de la familia, al nombre, a la nacionalidad, a los derechos de la niñez, a los derechos políticos, las libertades de pensamiento, conciencia y de profesar creencia religiosa.

El diputado señaló que la reforma tiene un espíritu protector, marcha en la misma vía que las normas de carácter internacional y es fruto de la participación de organismos internacionales y nacionales no gubernamentales. “Debemos felicitarnos por este paso trascendente en la defensa y protección de los derechos humanos de los mexicanos”.

jueves, 23 de diciembre de 2010

Trabajadoras podrán elegir dos descansos de media hora o uno de una hora para amamantar a sus hijos


Amigas y amigos:

En la sesión del pasado 7 de diciembre, aprobamos en el Pleno de la Cámara de Diputados un dictamen que establece que durante el período de lactancia las madres trabajadoras tendrán dos descansos extraordinarios por día, de media hora cada uno o bien uno solo de una hora, para amamantar a sus hijos o para realizar la extracción manual de leche.

El dictamen reforma diversas disposiciones de las Leyes General de Salud; Federal del Trabajo; Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) el Artículo 123 Constitucional; del Seguro Social; del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

También establece que las autoridades sanitarias fomentarán los bancos de leche humana y el acceso a la capacitación y fomento para la lactancia materna y amamantamiento, incentivando a que la leche materna sea alimento exclusivo durante seis meses y complementario hasta avanzado el segundo año de edad.

“La leche humana posee cualidades que producen beneficios significativos para la madre y su hijo, entre los que destacan los nutricios, los inmunológicos y los afectivos”.
El documento precisa que las prácticas deficientes de lactancia materna y alimentación complementaria, junto con el índice elevado de enfermedades infecciosas y alergias, son las causas principales de desnutrición, obesidad, sobrepeso, dermatitis atópica, alergia y anemia del lactante en los primeros dos años de vida.

“La lactancia materna es una función natural, pero no necesariamente un instinto natural en las madres humanas. La mayoría de las madres requieren de información, apoyo, estímulo y asistencia después del nacimiento acerca de cómo alimentar a sus hijos e hijas”, precisa.

Subraya que los beneficios y la necesidad de apoyo para realizar prácticas adecuadas de la lactancia materna es necesaria para fomentar la misma entre las madres mexicanas, “especialmente entre las trabajadoras, así como de capacitarlas para que realicen de manera correcta el amamantamiento y darles las facilidades necesarias para que lo lleven a cabo, respetando los derechos humanos de las madres y sus hijos e hijas”, finaliza

Comercializadores de productos cosméticos deberán presentar estudios de seguridad y eficacia


Amigos y amigas:

Para sustituir el concepto de “productos de perfumería y belleza” por el de “productos cosméticos”, avalamos con 252 votos a favor, cero en contra y una abstención, un dictamen de la Comisión de Salud que reforma la Ley en la materia.

Se precisa que los fabricantes, importadores y comercializadores de productos cosméticos deberán contar con los estudios de seguridad, eficacia y todos los ordenamientos y normas aplicables.

De igual modo, los responsables de la publicidad de dichos productos deberán presentar aviso a la Secretaría de Salud en caso de que los requiera.

El dictamen precisa que México necesita un marco jurídico que establezca de una manera clara el concepto de “Productos Cosméticos”, el cual contribuiría a acrecentar la competitividad comercial y la generación de empleo en las empresas mexicanas productoras de este sector.

Con ello se mejorará la calidad y seguridad de los productos que llegan al consumidor, protegiendo de esta manera la salud de los mexicanos, logrando una creciente apertura comercial que atraerá la inversión y el flujo de capital, así como armonizar el marco normativo a nivel regional e internacional.

miércoles, 22 de diciembre de 2010

Lucy Gallegos cerca de la gente. Su Oficina de Atención Ciudadana entregando cobijas

La diputada Lucy Gallegos entrega, por segundo año consecutivo, cobijas a la gente de escasos recursos para que no pasen frio esta temporada invernal.
Esta reseña corresponde a la entrega que se hizo el pasado sábado 17 de diciembre en la Oficina de Soledad de la Joya, Guanajuato.


martes, 21 de diciembre de 2010

Lucy Gallegos cerca de la gente. Participa en colocación de primera piedra de Centro Educativo

El pasado 8 de diciembre a las 12:00 del día, en la colonia Rizos del Saucillo en León Guanajuato, la diputada Lucy Gallegos participó en el evento de la Colocación de la Primera Piedra del Centro Educativo las Joyas, Iniciando su Primera Etapa con el Kinder la Conchita.

A dicho evento asistieron el Señor Arzobispo Don José Guadalupe Martín Rabago, el Gobernador del Edo. de Guanajuato, el lic. Juan Manuel Oliva Ramírez, y el Presidente Municipal el Lic. Ricardo Sheffield Padilla.

Veamos esta breve reseña fotográfica.


Aprobamos reformas a la Ley de Amparo


Amigos y amigas:

Quiero comentarles que en la sesión ordinaria del pasado 7 de diciembre aprobamos por 361 votos a favor y cuatro en contra la reforma constitucional en materia de Amparo que, entre diversas disposiciones, faculta a la Suprema Corte de Justicia a declarar inconstitucional una ley.

Se destaca que el amparo podrá tener efectos generales, cuando hasta el momento, en el sistema jurídico mexicano, un particular que se inconforma por la inconstitucionalidad de un precepto, debe promover un juicio que ampare sus derechos en lo particular.En diciembre de 2009, el Senado envió a la Cámara de Diputados las reformas a los artículos constitucionales 94, 103, 104 y 107, que fueron dictaminadas a favor en la Comisión de Puntos Constitucionales en San Lázaro.

En San Lázaro obtuvo el respaldo de las siete bancadas.

La reforma crea un nuevo órgano para la toma de decisiones de posibles contradicciones de tesis entre tribunales pertenecientes a un mismo circuito.

sábado, 11 de diciembre de 2010

Aprobamos reformas constitucionales para agilizar la promulgación de leyes o decretos


Amigos y amigas:

En la sesión ordinaria del pasado jueves 9 de diciembre en la Cámara de Diputados, aprobamos en lo general y con la mayoría calificada de 337 votos a favor, el dictamen que reforma los artículos 71, 72 y 78 de la Constitución Política, en materia de veto presidencial, que establece un plazo para que el Ejecutivo promulgue o devuelva con observaciones los proyectos de ley o decreto.

El dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales amplía de 10 a 30 días naturales el plazo para que el Ejecutivo Federal pueda remitir sus observaciones a un proyecto de Ley o decreto aprobado por las Cámaras del Congreso de la Unión.

Establece que las observaciones del Ejecutivo deberán ser devueltas a la Cámara que se lo hubiese remitido. Una vez vencido este plazo, el Ejecutivo dispondrá de 10 días naturales para promulgar y publicar la ley o decreto.

Añade que transcurrido este segundo plazo, la ley o decreto será considerado promulgado y el Presidente de la Cámara de origen ordenará dentro de los diez días naturales siguientes a su publicación en el Diario Oficial de la Federación, sin que se requiera refrendo.

El dictamen adiciona como atribución de la Comisión Permanente recibir durante el receso del Congreso de la Unión las observaciones a los proyectos de ley o decreto que envíe el Ejecutivo.

Posicionamiento de AN

Mi compañero y paisano Justino Arriaga Rojas expresó que la reforma busca complementar el texto de la Constitución vigente y contar con una solución jurídica en el caso de que el Ejecutivo federal, cumplidos los plazos marcados por la Constitución, no publique en el DOF o no realice alguna observación al proyecto remitido al Congreso.

Se trata, dijo, de desaparecer el veto de bolsillo pero sin mermar las facultades de la Presidencia de la República en el proceso legislativo y en la armonía con el Congreso de la Unión. “Este dictamen fortalece el equilibrio y la colaboración de poderes, además genera garantías constitucionales para los dictámenes emitidos por el Congreso en su labor de expedir y reformar las leyes que regulan la vida jurídica del Estado mexicano”.


A continuación les presento el dictamen completo para su consulta

lunes, 6 de diciembre de 2010

El programa especial de Ciencia, Tecnología e Innovación se actualizará cada tres años


Amigos y amigas:

En la sesión de ayer, aprobamos con 302 votos un dictamen que reforma la Ley de Ciencia y Tecnología para que el Programa Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación (Peciti), se actualice cada tres años, coincidiendo con el inicio de cada nueva legislatura.La reforma otorga al Peciti una visión de largo plazo, con proyección a 25 años y que se evalúe y atienda presupuestalmente conforme a las actualizaciones.
Asimismo, se establecerán áreas prioritarias del conocimiento y la innovación, así como proyectos estratégicos de investigación y desarrollo por sectores y regiones a los que puedan destinarse eficientemente los apoyos que prevé la Ley de Ciencia y Tecnología mediante los fondos Conacyt y otros mecanismos.

“Existe la necesidad de que el gobierno mexicano realice una planeación de largo plazo para la ciencia, la tecnología y la innovación, y asuma un compromiso sostenido que brinde estabilidad a la inversión en actividades científicas y tecnológicas”, establece el documento.El diputado Reyes Tamez Guerra, presidente de la Comisión de Ciencia y Tecnología, expresó que el Peciti debe plantearse como un instrumento abierto flexible y práctico que además de contener los fines de la política de Estado sea sujeto de una evaluación permanente.

Señaló que los Poderes Ejecutivo y Legislativo, federales y estatales, deben coordinarse, involucrarse y comprometerse en una acción que asuma un compromiso sostenido y brinde estabilidad a la inversión en actividades científicas y tecnológicas.“En la Comisión estamos convencidos que las reformas planteadas contribuyen al cumplimiento de los objetivos primordiales para la actualización, enriquecimiento y por ende constituyen una aportación más del Poder Legislativo para favorecer el desarrollo científico, tecnológico y la innovación en México con visión de Estado”.

Se envió al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

A continuación les presento el dictamen para su consulta

Dicta 2dic


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Se aprobó incluir la educación inicial, especial y media superior en las modalidades que el Estado debe promover


Amigos y amigas:

Quiero comentarles que ayer en la Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados, aprobamos con 278 votos el dictamen que reforma el artículo 9 de la Ley General de Educación, para incluir a la educación inicial, la especial y media superior, dentro de los niveles y modalidades que el Estado debe promover y atender.

El documento señala que la reforma atiende un vacío existente en la Ley General de Educación, ya que al enumerar los tipos y modalidades que el Estado debe promover y atender sólo se señala la educación superior.

“La importancia que actualmente tiene la educación inicial, la especial y la media superior plantea la necesidad de que también se precisen en tal artículo, del mismo modo que se hace con la de tipo superior”.

Señala que la inclusión de la educación especial está destinada a alumnos con necesidades educativas especiales; en el caso de la educación inicial, tiene el propósito de favorecer el desarrollo físico, cognoscitivo, afectivo y social de los niños menores de cuatro años de edad e incluye orientación para padres de familia o tutores para la educación de sus hijos.

Por la importancia del dictamen, se los presento completo para su consulta.

Dicta 2dic 2


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