Amigos:
El pasado 27 de abril, en la Cámara de Diputados, aprobamos un dictamen para establecer el ascenso postmortem a los militares que pierdan la vida durante el servicio activo, a consecuencia de actos excepcionalmente meritorios, conducta o entrega total al cumplimiento del deber.
De igual modo, se guardó un minuto de silencio en honor a los miembros de las Fuerzas Armadas caídos en el cumplimiento de su deber, tanto en labores de seguridad como en las de auxilio a la población civil en casos de desastre.
En el documento aprobado por 362 votos a favor, 0 en contra y 2 abstenciones, se señala un procedimiento de recopilación de los elementos que acrediten el cumplimiento de alguna de las circunstancias citadas, por parte de la Comisión de Evaluación de la Promoción Superior o del Consejo del Almirantazgo y concluirá con la resolución definitiva del Presidente de la República.
Las Secretarías de Defensa Nacional y de Marina, respectivamente, deberán remitir al Senado de la República un informe que contenga las consideraciones y valoraciones para el otorgamiento de este tipo de ascensos, dentro de los tres meses siguientes al mismo.
Con reformas a diversas disposiciones de las Leyes de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, y a la de Ascensos de la Armada de México, se busca el reconocimiento de la labor de las Fuerzas Armadas, y tienden a su fortalecimiento como una de las instituciones del Estado con mayor índice de confianza por la sociedad.
Fue enviado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.
El pasado 27 de abril, en la Cámara de Diputados, aprobamos un dictamen para establecer el ascenso postmortem a los militares que pierdan la vida durante el servicio activo, a consecuencia de actos excepcionalmente meritorios, conducta o entrega total al cumplimiento del deber.
De igual modo, se guardó un minuto de silencio en honor a los miembros de las Fuerzas Armadas caídos en el cumplimiento de su deber, tanto en labores de seguridad como en las de auxilio a la población civil en casos de desastre.
En el documento aprobado por 362 votos a favor, 0 en contra y 2 abstenciones, se señala un procedimiento de recopilación de los elementos que acrediten el cumplimiento de alguna de las circunstancias citadas, por parte de la Comisión de Evaluación de la Promoción Superior o del Consejo del Almirantazgo y concluirá con la resolución definitiva del Presidente de la República.
Las Secretarías de Defensa Nacional y de Marina, respectivamente, deberán remitir al Senado de la República un informe que contenga las consideraciones y valoraciones para el otorgamiento de este tipo de ascensos, dentro de los tres meses siguientes al mismo.
Con reformas a diversas disposiciones de las Leyes de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, y a la de Ascensos de la Armada de México, se busca el reconocimiento de la labor de las Fuerzas Armadas, y tienden a su fortalecimiento como una de las instituciones del Estado con mayor índice de confianza por la sociedad.
Fue enviado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.
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